¿Qué es la accesibilidad electoral?
Cuando hablamos de accesibilidad electoral nos referimos a las medidas, procedimientos y normativas que tienen como finalidad promover y facilitar el acceso pleno de los/las ciudadanos/as a los múltiples aspectos que constituyen el proceso electoral, asegurando el goce de sus derechos políticos en condiciones de igualdad.
Estas acciones están dirigidas tanto a las personas con discapacidad -motriz, sensorial, mental, intelectual o visceral- como aquellas que presentan limitaciones que interfieren en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación, ya sean permanentes o temporales. En este sentido, se dirige también a adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con, por ejemplo, lesiones temporales
Veamos en detalle algunos conceptos y recomendaciones de la Dirección Nacional Electoral para tener en cuenta durante las próximas elecciones.
¿Qué es el voto asistido?
Todo elector con discapacidad o limitación que dificulte la emisión del voto, puede optar por sufragar con la asistencia de una persona de su confianza o del presidente de mesa.
En estos casos deberá acreditar y registrar los datos de la persona que acompaña al elector, quien además registrará su firma en el espacio de observaciones del padrón.
Algunas recomendaciones generales para las autoridades de mesa
→ Es necesario hacer efectiva la prioridad y el acceso al voto de las personas con discapacidad o con reducción en su movilidad, en su visión o en su audición, así como también de los adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con niños/as en brazos.
→ Informar sobre la existencia del COA – Cuarto Oscuro Accesible.
→ Si el elector no comprendiera las indicaciones o viceversa, es importante hacerse entender por otros medios (gestos, utilización de bolígrafo y papel, etc.).
→ Consultar al elector si necesita asistencia para su orientación, desplazamiento o para el ejercicio del voto.
→ Si un/a votante con discapacidad se presenta acompañado/a por su perro de asistencia, debe permitirse ingresar al cuarto oscuro con él.
→ Si existen barreras arquitectónicas (escalones, escaleras, etc.) proporcionar la ayuda necesaria para que el elector pueda ejercer su derecho.
→ Si quien vota tiene limitaciones para introducir la boleta en el sobre podrá ser asistida por una persona de su confianza o por usted siguiendo las normas de voto.
Las personas con discapacidad sabemos qué tipo de asistencia necesitamos y cómo queremos ser ayudadas. Es importante que dialoguemos y nos comuniquemos con las autoridades de mesa, ellos estarán esperando nuestras indicaciones.
Más información en la web de la Dirección Nacional Electoral.